El regreso de la actividad deportiva

La inédita situación planteada por la extensa emergencia sanitaria en curso, hizo que desde el mes de marzo hasta fines de agosto, a partir de la implementación del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO), fuera impedida toda práctica deportiva, tanto en ámbitos públicos como privados. Esto se implementó, entre otras acciones, a través de desalentar la circulación de gente y la posible concentración de aquellos que pudieran concurrir a instituciones deportivas, como clubes o polideportivos de cualquier tipo. A fines de agosto, se dieron a conocer documentos oficiales que aludían a  “las recomendaciones sobre la vuelta a las actividades deportivas individuales en contexto de pandemia”, que desde la autoridad ministerial nacional del área de Salud, se proponen con respecto a la situación imperante por la posible propagación del Covid-19.  En términos generales es más o menos previsible el contenido de estas recomendaciones que se presentan para atender la prevención de posibles situaciones que puedan generarse en la práctica de una disciplina individual, en la que existiera la posibilidad de compartir un predio con otras personas simultáneamente.

Las prioridades obviamente se refieren al adecuado distanciamiento que requiere la práctica de cada una de las disciplinas, y que se está planteando en espacios abiertos, al aire libre. Según la actividad deportiva a desarrollar, serán los metros, 2, 4 o 6, según el aire que esto demande (de hiperventilación a ritmo respiratorio habitual). El decreto municipal que definió el lunes 24 de agosto como fecha en que se autorizaba el ejercicio, desarrollo y práctica de actividades deportivas individuales al aire libre y sin contacto físico que emanaba de la resolución provincial, habilitó el siguiente listado conformado por 17 disciplinas:

  1. Atletismo en todas las modalidades (de forma individual)
  2. Tenis (single)
  3. Paddle (single)
  4. Natación en aguas abiertas
  5. Canotaje (individual)
  6. Yachting (vela-individual)
  7. Remo (individual)
  8. Golf
  9. Skateboarding (en club o polideportivo, con turno)
  10. Preparación física individual con entrenador personal (en clubes o polideportivos)
  11. Deportes ecuestres (entrenamientos)
  12. Ciclismo con circuito determinado (en velódromo)/BMX (con turno, individual)
  13. Escuelas de patín carrera y patín artístico (en espacios abiertos)
  14. Surf (solo en modalidad escuela)
  15. Pesca deportiva (individual, con distanciamiento en clubes de pesca)
  16. Tiro deportivo (individual, en espacios abiertos)
  17. Badminton y tenis de mesa (single, en espacios abiertos).

El decreto municipal que definió el lunes 24 de agosto como fecha en que se autorizaba el ejercicio, desarrollo y práctica de actividades deportivas individuales al aire libre y sin contacto físico que emanaba de la resolución provincial